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Gestión de Personal / anual / Informe/Dirf* / Generar

Generar Informe y DIRF

Permite al usuario generar las tablas conteniendo las informaciones necesarias para la emisión del Informe de Rendimientos y DIRF (Declaración del Impuesto sobre la renta retenido en la fuente).

Importante

El módulo de administración de personal no abrirá automáticamente el programa DIRF2004. Esta opción debe ser seleccionada por el usuario, a través del botón Validador Dirf en el menú anual> Informe / Dirf> Generar.

Acceder a la opción de menú Anuales> Informe / Dirf> Generar y efectuar la generación de las tablas:

  1. Para generar Informe - Modelos Anexo y Legal: Botón informe;
  2. Para generar Dirf Informe: Botón DIRF - Modelo 01;
  3. Para generar Dirf Disquete: Botón DIRF - Modelo 01, indicando directorio, seguido del nombre del archivo en la opción de Entrada "Archivo DIRF":
    1. A través del botón Validador Dirf, llamar al validador y efectuar el análisis del archivo indicado anteriormente.

Todas las informaciones estarán en Tablas, flexibilizando el mantenimiento del usuario que podrá manipularlas vía generador de informes y reglas por proceso. Además, hay principalmente una ganancia de rendimiento, pues a cada acierto no será necesario generar la empresa entera nuevamente, sólo los contribuyentes ajustados.

 

asincrónico
Envía al servidor el servicio asincrónico de generación de eventos. El seguimiento de la ejecución de este servicio debe realizarse a través de la Consola de administración de servicios, en Recursos> Servicios> Consola.

Para utilizar los servicios asíncronos es necesario configurar los servicios en Recursos> Servicios> Configuración.

horario
Envía al servidor el servicio programado de generación de eventos. Al hacer clic en este botón se abrirá la pantalla de Periodicidad del Servicio para que se programe su ejecución.

Después de definir la periodicidad se abrirá la pantalla de Regla de Selección del código de cálculo que se procesará. Después de seleccionar el cálculo, el servicio se enviará al servidor para su ejecución. El seguimiento de la ejecución de este servicio debe realizarse a través de la Consola de administración de servicios, en Recursos> Servicios> Consola.

Para utilizar los servicios programáticos es necesario configurar los servicios en Recursos> Servicios> Configuración.

 

Año base
Informar el año base, del cual desea emitir el Informe de Rendimientos

contribuyentes
A partir de 2010 se debe mantener la opción "T - Todos", conforme orientación de la Instrucción Normativa de 2010 de la DIRF.

Deben ser generados de todos, pues se puede entrar a DIRF incluso con rendimientos exentos.

PAG. Beneficios T. Exclusiva
• Informar sobre el tratamiento de la Participación de Beneficios:

Nota

A partir del año base 2013 se orienta a utilizar la opción "S - Sí", conforme a la Ley 12.832 / 2013 (conversión de la MP 597/2012) que modificó la Ley 10.101 / 2000 y trae algunas modificaciones en cuanto a la regulación de la participación de los trabajadores en los beneficios o resultados (PLR) de la empresa, así como estableció una tabla exclusiva del impuesto sobre la renta sobre la PLR.

 

Dependientes P. Beneficios
Indicar cómo proceder con los dependientes de Participación en los Beneficios.

Nota

A partir del año base de 2013, la Ley 12.832 / 2013 se orienta a utilizar la opción "N - Nunca Deduz", pues una de las diferencias presentadas por el texto de la ley fue que en el cálculo del impuesto no habrá deducción (según lo dispuesto en el § 6º) de conformidad con el artículo 10 de la Ley 10.101 / 2000) de dependientes y de cualquier otro gasto (salud, educación, previsión privada y etc.), salvo la importancia pagada en concepto de pensión alimenticia, conforme al artículo 10 del mismo dispositivo legal.

 

Tratamiento Especial Vacaciones
En cuanto al Trato Especial de las Vacaciones en el Informe de Rendimientos, informar:

Nota

Las informaciones de este campo, se refieren a los valores de vacaciones iniciadas en enero pero pagadas en diciembre del año anterior.


Vacaciones Indicar cómo será el tratamiento del recibo de vacaciones en el Informe:

Nota

Indicando "P - Cálculo Estándar", se habilitará el siguiente campo, INSS Vacaciones que permite efectuar un tratamiento diferenciado sólo para el INSS de vacaciones.

 

INSS Vacaciones
Indicar cómo el sistema deberá tratar los valores de INSS de vacaciones (característica 40B):

Salario Aguinaldo Complementar
Indicar cómo el sistema debe tratar los valores de 13º complementario o complementario a devolver que constan de la hoja de diciembre con fecha de pago en enero del año siguiente.

Importante

Si hay eventos de RRA configurados, no se deben utilizar las opciones "B" y "D".

 

Registro de seguimiento de proceso
Indicar si el proceso del Informe debe o no ser monitoreado:

Sobreponer Digitados
Permite al usuario elegir si los valores introducidos o cambiados en las tablas del Informe / DIRF (campo OriRen <> de 'G') deben ser recalculados.


Eventos Tipo Otros Indicar si los eventos de tipo 4 (Otros), 5 (Otros Proventos) y 6 (Otros Descuentos) deben ser considerados en la generación de los valores.

Portador de ingresos exento
Permite definir cómo deben ser llevados los valores de los transportistas:

generar

Opciones disponibles para que el usuario seleccione qué contribuyentes (Colaboradores, Terceros - P. Física, Otras Empresas - P. Jurídica o Dependientes) deberán ser generados.

Rendimientos pagados a residentes o domiciliados en el exterior:

Persona Física

Persona Jurídica

La Relación fuente pagadora / beneficiario deberá ser informada directamente en el validador de la Dirf.

Nota

La rutina de generación de este informe fue creada para pago de pensión debido a la muerte del empleado (Pensionista 15), es decir, la empresa continúa pagando su salario al dependiente. Este tratamiento es evidente en la lista del informe donde la fuente pagadora es la empresa y no el empleado, que paga esta pensión judicial.

 

Totales

Exentos (+)
A partir de esta opción es posible indicar uno o más totalizadores que formarán los valores de la línea 07 del campo 04 - Rendimientos exentos y no tributarables.

Para cada totalizador indicado, se formará una línea que tendrá como descripción la propia descripción del totalizador.

Observación

Si se indica un totalizador, el sistema pasa a respetar solamente los valores contenidos en éste. Todo el tratamiento interno dado las características de esa línea será desconsiderado.

 

Tributación Exclusiva (+)
A partir de esta opción es posible indicar uno o más totalizadores, que formarán los valores de la línea 02 del campo 05 - Rendimientos Sujetos a Tributación Exclusiva (Rendimiento Líquido).

Para cada totalizador indicado, se formará una línea que tendrá como descripción la propia descripción del totalizador.

Observaciones

 

Complementarios (+)
A partir de esta opción es posible indicar uno o más totalizadores, que formarán los valores de la línea 07 del campo 06 - Informaciones Complementarias.

Para cada totalizador indicado, se formará una línea que tendrá como descripción la propia descripción del totalizador.

Observación

Si se indica un totalizador, el sistema pasa a respetar solamente los valores contenidos en éste. Todo el tratamiento interno dado las características de esa línea será desconsiderado.

Importante

En las pantallas exentos, tributables y complementarias, para terceros (persona física y jurídica), los totalizadores serán desconsiderados.

 

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