Lista DIRF
En este ítem, el usuario podrá listar la Dirf del sistema registrada en este menú (Anuales / Dirf), como por ejemplo la DIRF - Disquete, Declaración de Impuesto a la Renta en la Fuente.
Los modelos de esta opción se definen en el grupo anual, categoría Dirf.
Estos modelos se pueden identificar en el directorio de modelos por el nombre FPDF ???. ANU, donde ??? es el código del informe.
Año base
Indicar el año base del cual se emitirá la Dirf.
lista
Informar el tipo de colaboradores que deben ser listados:
- Empleados
- Persona Física
- Persona Jurídica
- Todos
P. Lucros T. Exclusiva
Informar sobre el procedimiento de la Participación de Beneficios Tributación Exclusiva:
- Sí, la participación en los beneficios será tratada como tributación exclusiva en la fuente
- No, la participación en los beneficios participará en los rendimientos imponibles.
Dependientes 13º Sal.
• Informar el procedimiento en cuanto a los dependientes del 13º Salario:
- Deducir el valor de dependientes sólo cuando tenga IR en el 13º Salario;
- Siempre deducir el valor de dependientes en el 13º Salario;
- Nunca deducir a los dependientes en el 13º Salario;
- Deducir el valor de los dependientes solamente cuando el valor del 13º (-) INSS (-) pensión es superior al límite de exención.
Tratamiento Especial Vacaciones
En cuanto al Trato Especial de las Vacaciones en el Informe de Rendimientos, informar:
- Las vacaciones que comenzaron en enero del año base y que se pagaron en diciembre del año base-1, se considerarán en el informe en el mes de enero del año base. No se considerarán las vacaciones iniciadas en enero del año base + 1 y que se pagaron en diciembre del año base;
Año base = 1999
Año base -
1 = 1998 Año base + 1 = 2000
Las vacaciones iniciadas el 01.01.1999 pagadas el 30.12.1998 se considerarán en el informe para el mes de enero de 1999 y no para el mes de diciembre de 1998.
- Los valores de vacaciones serán llevados al Informe, según la fecha de pago del recibo de vacaciones.
Nota
Las informaciones de este campo, se refieren a los valores de vacaciones iniciadas en enero pero pagadas en diciembre del año anterior.
Vacaciones, Sólo Recibo
Indicar cómo será el tratamiento del recibo de vacaciones en el Informe:
- Se considerarán sólo los valores del recibo de vacaciones. El sistema no hará ninguna comparación con los valores de vacaciones integrados en la hoja mensual.
Esta opción es ideal para las empresas que tienen la importación de las fichas financieras y la proporcionalidad de los valores de vacaciones es diferente de la integración normal que la Administración de Personal.
- Se realiza el tratamiento normal de los recibos de vacaciones. Los valores siempre serán llevados a partir de la fecha de pago del recibo, sin embargo, efectuando la proporcionalidad de los eventos y comparando con la ficha financiera. Si los valores son diferentes, la Administración de personal generará una diferencia positiva o negativa.
Nota
Indicando 'N', se habilitará el siguiente campo, 'INSS Vacaciones' permitiendo efectuar un tratamiento diferenciado sólo para el INSS- de vacaciones.
INSS Vacaciones
Indicar cómo el sistema deberá tratar los valores de INSS de vacaciones (característica 40B):
- Cálculo normal -> El sistema considerará los valores de INSS de vacaciones del recibo de vacaciones. Es decir el valor va para el informe integral en la fecha de pago del recibo.
- Ficha Financiera -> El sistema buscará el evento de INSS s / vacaciones de la ficha financiera. Es decir, el valor de INSS de vacaciones no será considerado por la fecha de pago del recibo y sí, según la fecha de pago de la hoja mensual.
Juntar Empresas Incluso CNPJ
Indicar cómo será el tratamiento de las empresas que posean el mismo CNPJ base:
- Sí, junta a todos los colaboradores de las empresas que poseen incluso CNPJ base, en la matriz de la empresa activa. Para funcionar esta opción, es obligatorio informar en el alcance de todas las empresas a ser consideradas en la unión;
- No se une a las empresas con el mismo CNPJ base. Se realiza el proceso normal, generando sólo los colaboradores de la empresa activa.
13. Sal. Complemento
Indicar cómo el sistema debe tratar los valores de 13o complementario o complementario a devolver que constan de la hoja de diciembre con fecha de pago en enero del año siguiente:
- Enero Año-Base
Considerar solamente los valores existentes en enero del año-base
Año-Base = 2000
En el año 2000, se pagará en enero de 2000, si hay valores de 13o complementario o complementario a devolver, se considerarán en la generación del informe correspondiente al año 2000;
- Enero Año-Base y Año-Base + 1;
Considerar los valores existentes en enero del año base y en enero del año base + 1
Año-Base = 2000
Año-Base + 1 = 2001
La hoja de diciembre / 1999 que se paga en enero de 2000 y la hoja mensual de diciembre / 2000 que se paga en enero / 2001, si hay valores de 13o complementario o complementario a devolver, se considerarán en la generación del informe correspondiente al año 2000 ;
- Enero Año-Base + 1;
Considerar solamente los valores existentes en enero del año base + 1
Año-Base = 2000
Año-Base + 1 = 2001
La hoja de diciembre / 2000 que se paga en enero / 2001, si hay valores de 13o complementario o complementario a devolver, serán considerados en la generación del informe referente al año 2000;
- No lo considera.
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