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16J - 13 Sal. Maternidad Intermitente Pgo Mes INSS*

Para que se calcule esta característica, el empleado debe ser intermitente, de lo contrario no se realizará el cálculo. Cuando sea la base para gravar el salario 13 y exista medida cautelar, se deberá utilizar el gravamen del INSS94 - Salario Maternidad 13 Salario y, si no hay medida cautelar, utilizar la incidencia del INSS22 - Salario de maternidad - 13º salario pagado por la empresa.

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