Observación: Esta página fue traducida utilizando recursos de automatización con el propósito de entregar contenido en su idioma de manera más rápida. Consecuentemente, ella puede tener errores gramaticales y situaciones similares. Si el contenido no es útil en este estado, en el pié de página usted puede acceder al material original en Portugués Brasileño y también dar opiniones sobre esta traducción.

Nexo Técnico Epidemiológico (NTEP)

El Nexo epidemiológico (NTEP) consigue una metodología que tiene como objetivo identificar la existencia de correlación entre ciertas sectores de la actividad económica y determinadas enfermedades. Con el NTEP, cuando el trabajador contrae una enfermedad directamente relacionada con la actividad profesional, se caracteriza el accidente de trabajo, por lo que una baja por enfermedad puede convertirse en un accidente de trabajo, en situaciones en las que la CIE (Clasificación Internacional de Enfermedades) de la baja está relacionado con el CNAE (Código Nacional de Actividad Económica) de la rama del empleado.

La empresa deberá probar la enfermedad y el accidente de trabajo no fue causado por la actividad desarrollada por el trabajador, es decir, la carga de la prueba pasa hacer empleador y no mas del empleado.

La empresa puede requerir para el INSS* la no aplicación del NTEP el caso concreto mediante la demostración de inexistencia del correspondiente nexo causal entre el trabajo y la enfermedad. El requerimiento podrá ser presentado en el plazo de 15 días de la fecha para la entrega de la GFIP que registre el movimiento del trabajador, sob pena sin conocimiento de la alegación en instancia administrativa. Si la empresa no tomara conocimiento del nexo hasta la fecha de la GFIP, el requerimiento del recurso podrá ser presentado en el plazo de 15 días de la fecha en que la empresa tomara cierta de decisión de la pericia médica del INSS*. Juntamente con el requerimiento, la empresa formulará las alegaciones que se entiende necesaria y presentará las pruebas que posee demostrando la inexistencia del nexo causal entre el trabajo y la enfermedad.

La documentación podrá traer entre otros medios de prueba, evidencias técnicas circunstancias y tempestivas a la exposición del asegurado, puede ser producida en el ámbito de programas de gestión de riesgo, al cargo de la empresa, que posea un responsable técnico legalmente habilitado.

El INSS dará copia del Recurso de la empresa al Asegurado, que podrá impugnarla, siempre que la instrucción del pedido a evidenciar la posibilidad de reconocimiento de inexistencia del nexo causal entre el trabajo y la enfermedad.

La decisión del requerimiento, apelación con efecto suspenso, por parte de la empresa o conforme el caso del asegurado al Consejo de Recurso de Pensión Social Durante este período, el empleado continuará en ayuda a su enfermedad común.

Importante

Búsqueda para tomar conocimiento de estas búsqueda para no perder el plazo de los recursos.
En la página de la Pensión son divulgados las ausencia para acceder, debe ser utilizado una contraseña y el RPJ de la empresa.

(missing or bad snippet)