Quejas laborales
A partir de la versión 5.5.1.1, Gestión de personas | HCM pasa a gestionar los pagos y cobros derivados de las Sentencias de Pretensiones Laborales. El sistema no calculará las cantidades reclamadas, sólo atenderá la Sentencia ya en fase de ejecución de pago.
Este tratamiento se obtendrá mediante la integración de los módulos Jurídico y de Administración de Personal, y con uno solo de los módulos no será posible tratar este asunto.
Preparación de base de datos
Primero, se necesitan algunos comentarios para usar esta rutina.
- En Legal, debe indicar "Sí" en el camposentencia de pago,disponible en Varios > Asignaciones. A partir de ese momento, se liberarán las carpetas Integración y Sentencia del registro de Acciones;
- En Administración de Personal se creó la Clase de Cálculo 94 para el pago de créditos laborales. Los eventos que se utilizarán en este cálculo deben tener la indicación del código 94 en la carpeta Cálculos.
Consejo:Se pueden marcar eventos que ya existen en la tabla, pero aconsejamos crear eventos específicos para el pago de la sentencia. En cuanto a los eventos tributarios (INSS, IRRF y FGTS), se pueden utilizar eventos normales, solo con indicación de validez para el cálculo 94.
Jurídico
Es en el departamento Jurídico donde se registra la Acción Laboral, a través de la opción Jurídico/Acciones. Es obligatorio llenar las carpetas de Registro, Autor, Integración y Sentencia.
Información
Los campos obligatorios a llenar son:
- Acción: Informar un código secuencial para cada acción;
- Asunto: Su finalidad es clasificar la acción. Por ejemplo: Laboral, Civil, etc.;
- Autor: Indicar obligatoriamente “No”;
- Número: Registrar el número de caso;
- Vara: Debe indicar el Juzgado de Trabajo, que será utilizado en el expediente de la Sefip. El registro de los Juzgados está disponible en Mesas/Legal/Juzgados.
Autor
Todos los datos de la tabla de Particulares, correspondientes al autor de la denuncia, deberán ser cumplimentados.
Integración
Se debe completar toda la información de la carpeta, que corresponde a la información del proceso y pago.
Veredicto
En esta carpeta se registran los datos de la sentencia definida para cada autor, las cuotas de pago y los valores INSS referentes a cada competencia reclamada. Es también a partir de esta carpeta que se realizará la integración de eventos para la Administración de Personal.
Las grillas Sentencia, Pago/Cuotas e INSS mostrarán la información del autor seleccionado en la grilla Autores de la Acción. Posicionado sobre el nombre del autor, informar las cantidades adeudadas en la Sentencia.
Cuadrícula de autores de acciones
El sistema alimentará algunos datos ya llenados en las carpetas anteriores, referentes a los autores de la acción, período de derecho y pago. El campo Sucursal será alimentado por la carpeta Registro, y aquí se puede cambiar, ya que debe corresponder a la sucursal que pagará la acción.
Grado de oración
Se deberán informar los eventos que correspondan a los montos otorgados para cada autor. El sistema solo proporciona eventos que se liberan para el cálculo 94. El sistema no realiza cálculos de valor, solo recibe las cantidades reclamadas que serán pagadas. Un mismo evento puede registrarse más de una vez, siempre que forme parte de periodos diferentes que no se superpongan. En general, la sentencia laboral puede determinar cantidades a pagar de dos formas: cantidad global convenida por todo el período o cantidad adeudada por cada competencia reclamada:
Valor del contrato: teniendo el evento ya definido, indique el valor para todo el período. La pauta legal es que este monto se prorratee para cada mes del período. Legal realizará este prorrateo desde el botón Cuotas.
Periodo reclamado: 07/2006 al 12/2006;
Valor del contrato: R$ 6.000,00 + 13º salario de R$ 800,00, a pagar el 07/2007.
La entrada de estos valores en esta grilla será así:
| Concepto | Derecho a casa | extremo derecho | Valor |
| 800 - Salario | 07/2006 | 12/2006 | 6,000.00 |
| 801 - 13 | 12/2006 | 12/2006 | 800.00 |
En la integración de los hechos de la demanda laboral, cuando la frecuencia sea en días:
1- Ejemplo de 20 días en 6 cuotas:
06/2011 - 1ª cuota: cuenta desde el 01/06/2011
+ 20 días = 21/06/2011 -- Comp. 06/2011 2ª entrega
+ 20 días = 11/07/2011 -- Comp. 07/2011 3ª entrega
+ 20 días = 31/07/2011 -- Comp. 07/2011 4ª entrega
+ 20 días = 20/08/2011 -- Comp. 08/2011 5ª entrega
+ 20 días = 09/09/2011 -- Comp. 09/2011 6ª entrega
2- Ejemplo de 30 días en 6 cuotas:
06/2011 1ª cuota: cuenta desde el 01/06/2011
+ 30 días = 07/01/2011 -- Comp. 07/2011 2ª entrega
+ 30 días = 31/07/2011 -- Comp. 07/2011 3ª entrega
+ 30 días = 30/08/2011 -- Comp. 08/2011 4ª entrega
+ 30 días = 29/09/2011 -- Comp. 09/2011 5ª entrega
+ 30 días = 29/10/2011 -- Comp. 10/2011 6ª entrega
3- Ejemplo de 15 días en 6 cuotas:
06/2011 1ª cuota: cuenta desde el 01/06/2011
+ 15 días = 16/06/2011 -- Comp. 06/2011 2ª entrega
+ 15 días = 07/01/2011 -- Comp. 07/2011 3ª entrega
+ 15 días = 16/07/2011 -- Comp. 07/2011 4ª entrega
+ 15 días = 31/07/2011 -- Comp. 07/2011 5ª entrega
+ 15 días = 15/08/2011 -- Comp. 08/2011 6ª entrega
Al intentar integrar la nómina de Administración de Personal, el ejemplo de 15 días muestra una advertencia "Error de Integración: Para el autor 15 (Empresa: 1, Tipo: 1) no se encontró código de cálculo del tipo 94 para la competencia 06/2011 (Inicio derecho: 06/2010, final derecha: 06/2010)". Esto significa que es necesario registrar los códigos de cálculo de Administración de Personal para cada competencia antes de integrar los valores con la hoja, así:
En Administración de personal (Pantalla de cálculo):
| código de cálculo | Tipo de Cálculo | Período | Fecha Pago |
| 300 | 94 | 06/2011 | 01/06/2011 |
| 301 | 94 | 06/2011 | 16/06/2011 |
| 302 | 94 | 07/2011 | 07/01/2011 |
| 303 | 94 | 07/2011 | 16/7/2011 |
| 304 | 94 | 07/2011 | 31/07/2011 |
| 305 | 94 | 08/2011 | 15/08/2011 |
Valor debido para cada competencia: teniendo el evento ya definido, indique el valor para cada competencia.
Periodo reclamado: 07/2006 al 12/2006;
Importe reclamado: 07/2006 (500,00), 08/2006 (700,00), 09/2006 (400,00), 10/2006 (1.000,00), 11/2006 (1.500,00), 12/2006 (1.900,00), 13/2006 (800,00) ), a pagar el 07/2007.
La entrada de estos valores en esta grilla será así:
| Concepto | Derecho a casa | extremo derecho | Valor |
| 800 - Salario | 07/2006 | 07/2006 | 500.00 |
| 800 - Salario | 08/2006 | 08/2006 | 700.00 |
| 800 - Salario | 09/2006 | 09/2006 | 400.00 |
| 800 - Salario | 10/2006 | 10/2006 | 1.000.00 |
| 800 - Salario | 11/2006 | 11/2006 | 1,500.00 |
| 800 - Salario | 12/2006 | 12/2006 | 1,900.00 |
| 801 - 13 | 12/2006 | 12/2006 | 800.00 |
Cuadro Pago/Cuotas:
Luego de hacer clic en el botón 'Cuotas', el sistema calculará las cuotas para el pago de los hechos sentenciados, según los criterios definidos en elred de Demandantes de la Acción y valores consignados en el red Veredicto. Los montos podrán prorratearse en cuotas no necesariamente iguales, dependiendo del período de derecho. Siguiendo los ejemplos anteriores:
Al presionar el botón Cuotas, la grilla Pago/Cuotas tendrá los siguientes valores para el Ejemplo 1 - Monto del Acuerdo:
| Pago de compensación | Concepto | Valor | Derecho a casa | extremo derecho | Cálculo |
| 07/2007 | 800 - Salario | 6,000.00 | 07/2006 | 12/2006 | xxx |
| 07/2007 | 801 - 13 | 800.00 | 12/2006 | 12/2006 | xxx |
Al presionar el botón Cuotas, la grilla Pago/Cuotas tendrá los siguientes valores para el Ejemplo 2 - Por Competencia:
| Pago de compensación | Concepto | Valor | Derecho a casa | extremo derecho | Cálculo (*) |
| 07/2007 | 800 - Salario | 500.00 | 07/2006 | 07/2006 | xxx |
| 07/2007 | 800 - Salario | 700.00 | 08/2006 | 08/2006 | xxx |
| 07/2007 | 800 - Salario | 400.00 | 09/2006 | 09/2006 | xxx |
| 07/2007 | 800 - Salario | 1.000.00 | 10/2006 | 10/2006 | xxx |
| 07/2007 | 800 - Salario | 1,500.00 | 11/2006 | 11/2006 | xxx |
| 07/2007 | 800 - Salario | 1,900.00 | 12/2006 | 12/2006 | xxx |
| 07/2007 | 801 - 13 | 800.00 | 12/2006 | 12/2006 | xxx |
(*) Después de integrar los valores del reclamo con la Administración de Personal, en la columna Cálculo se mostrará el código de cálculo 94 que recibió las entradas.
Grado INSS:
Presenta información sobre el INSS calculado para cada competencia reclamada. Si el trabajador ya contaba con planillas de los meses del período reclamado, se mostrará la base de cálculo y el monto del INSS descontado al trabajador en ese momento, así como la base reclamada y la diferencia en el pago del INSS. Por tanto, el sistema sumará las bases del tiempo y la sentencia para aplicar la tarifa correspondiente al rango adecuado para la suma, de la tabla del INSS vigente en la jurisdicción. Es importante recordar que si los eventos de pago del siniestro, que tienen incidencia en el INSS, tienen el alcance de la fianza, ésta se respetará. Si el valor del INSS ya está definido en la sentencia, se debe definir en la grilla Sentencia para los meses del período, y el sistema asumirá este valor. Siguiendo los ejemplos anteriores:
Al presionar el botón Apurar INSS, la grilla INSS tendrá los siguientes valores para el Ejemplo 1 - Valor de Acuerdo:
| Pago de compensación | Ley de Comp. | Mensualmente | INSS* Mensual | Base de la queja | Denuncia INSS | Base 13º | INSS* Décimo Tercer Sueldo | Base de denuncias Prima | Denuncia INSS Prima |
| 07/2007 | 07/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 08/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 09/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 10/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 11/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 12/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 800.00 | 61.20 |
Al presionar el botón Apurar INSS, la grilla INSS tendrá los siguientes valores para el Ejemplo 1 - Valor de Acuerdo:
| Pago de compensación | Ley de Comp. | Mensualmente | INSS* Mensual | Base de la queja | Denuncia INSS | Base 13º | INSS* Décimo Tercer Sueldo | Base de denuncias Prima | Denuncia INSS Prima |
| 07/2007 | 07/2006 | 0 | 0 | 500.00 | 38.25 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 08/2006 | 0 | 0 | 700.00 | 53.55 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 09/2006 | 0 | 0 | 400.00 | 30.60 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 10/2006 | 0 | 0 | 1.000.00 | 86.50 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 11/2006 | 0 | 0 | 1,500.00 | 165.00 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| 07/2007 | 12/2006 | 0 | 0 | 1,900.00 | 209.00 | 0 | 0 | 800.00 | 61.20 |
- En los ejemplos anteriores, se consideró que el empleado no tenía base de cálculo en el momento de las competencias legales (sin hojas financieras). Si lo hubiera, se sumarían las bases para encontrar el rango correcto de la tasa de seguridad social y, aplicando la tasa a la cantidad, se deduciría la diferencia de la cantidad adeudada con la cantidad ya pagada.
- Si el valor del INSS recalculado pasa a ser negativo, el sistema lo considerará cero.
botón cuotas
Determina los plazos de pago de las cantidades consignadas en el Cuadro de Sentencia.
botón para determinar INSS
Responsable del cálculo de los valores del INSS. Alimenta la grilla del INSS, utilizando como base de cálculo la información registrada de la grilla Pagos/Cuotas y los valores de las hojas financieras de la época (si las hubiere).
Gestión de Personal
A través de la Administración de Personal se generará toda la información de los reclamos laborales del INSS, FGTS e IRRF. Para ello se debe registrar el tipo de cálculo 94, que es específico para este fin. Después de definir este cálculo, el Departamento Legal puede enviar la información a través de un proceso de integración.
Cálculos
El tipo de cálculo 94 que trata de reclamaciones laborales sólo se permitirá si Administración de Personal está integrado con Legal.
La apertura de cálculo obedece a la siguiente regla:
- Se debe definir un cálculo para cada Acción;
- El código de cálculo de la integración se mostrará en Jurídico, Registro de acciones, Carpeta Sentencia, Cuadrícula Pagos/Cuotas;
- Al pagar en cuotas, cada cuota debe tener un cálculo específico.
La integración desde el departamento Jurídico hace que los valores estén disponibles en las entradas de variables. Solo se calcularán los contribuyentes con publicación.
El cálculo de Tipo 94 no ejecuta la rutina de generación de tiempo. Además de los asientos del Departamento Jurídico, la Administración de Personal solo calculará el FGTS y el IRRF, y el INSS es calculado y liberado por el Departamento Jurídico.
El cálculo de Administración de Personal registrará la información para la generación del Reclamatorio SEFIP en la tabla R056SFP. Los meses de derecho disponibles en esta tabla se alimentan de la integración de la Sentencia Jurídica.
Importante:
1. Al excluir un cálculo tipo 94, se cambiará el estado del reclamo laboral que se incluyó en este cálculo.
2. Los módulos de Administración Jurídica y de Personal no aplican índices de corrección a los valores.
SEFIP
La generación del Reclamo Laboral SEFIP, realizada a través de la opción Impuestos / Fondo de Garantía / SEFIP / Reclamo Laboral, requiere la generación de expedientes para los códigos:
- 650 - Valores para la Seguridad Social, con modalidad = 1;
- 660 - Importes exclusivos para FGTS, con modalidad = 0.
Esta opción solo estará disponible cuando Administración de Personal esté integrada con Legal y solo se accederá si se selecciona un cálculo tipo 94.
Sefip 650 - Valores para la Seguridad Social
El sistema generará un archivo Sefip.re por cada competencia de ley que forme parte del cómputo 94, que se seleccione al momento de la generación.
En el área Jurídica, en Acciones, las competencias legales se indican en la grilla Pagos/Cuotas, en la carpeta Sentencia. Si existen múltiples cuotas de pago, Legal ha repartido los meses de derecho correspondientes a cada cuota. Estos meses serán utilizados por la Administración de Personal para generar el archivo Sefip.re, en cada proceso de cómputo 94.
Período reclamado: 01/2005 a 06/2007;
Importe adeudado: BRL 8.000,00;
Cuotas de pago: 02.
Legal: distribuirá los valores de las 30 competencias reclamadas en 2 cuotas.
- Cuota 1: considerará la mitad del valor adeudado, R$ 4.000,00, que cubrirá 15 competencias (01/2005 a 03/2006);
- Parcela 2: considerará las otras 15 competencias (04/2006 a 06/2007) también con el valor adeudado de R$ 4.000,00.
Administración de Personal: el cómputo 94 de la 1ª cuota generará 15 ficheros sefip.re, uno por cada competencia (01/2005 a 03/2006), y el cómputo 94 de la 2ª cuota generará los 15 ficheros sefip.re de la otras competencias (04/2006 a 06/2007).
Sefip 660 - Valores para FGTS
El sistema generará un solo archivo Sefip.re para el cómputo seleccionado código 94, indicando las competencias legales que forman parte de este cómputo. Si esta acción involucra a varios demandantes, si uno de ellos tiene jurisdicción de principio y fin de ley diferente a los demás, se generará en un expediente separado de la Sefip.re.
Al finalizar la generación de la Denuncia Laboral SEFIP, la información quedará registrada en las tablas R056SEF y R056MOV, pudiendo ser consultada en la opción Impuestos / Fondo de Garantía / SEFIP / Información Enviada, identificada con el Tipo 3 - Denuncia Laboral y también con los campos claves de la denuncia: Proceso, Año Proceso, Juzgado/JCJ e Inicio y Fin de Periodo.
Detalles de los campos de entrada:
- Código de Recogida INSS: para el código de recogida 650, deberá indicar 2 – Recogida Retrasada. Será necesario importar la tabla SELIC, puesta a disposición por Caixa, dentro del programa Sefip;
- Fecha de Cobro INSS: el plazo legal es hasta el día 2 del mes siguiente;
- Código de Retiro: informar obligatoriamente el código 650 (Asistencia Social) o 660 (FGTS);
La Sefip de Reclamaciones Laborales con Cobro Código 650 genera un expediente por cada competencia reclamada por el actor. Si la competencia reclamada es igual a la competencia de pago del cálculo tipo 94, no se genera Sefip, ya que las competencias no deben ser iguales en la acción laboral. Esto significa que algún trámite se realizó de manera incorrecta en el registro de la acción laboral, generando la competencia de derecho como competencia vigente.
- Modalidad: el usuario indicará la modalidad SEFIP a incluir en el expediente (0 – cobra FGTS; 1 – no cobra);
- Generar Sefip 650: indicar si generar una SEFIP por cada competencia reclamada (que es el estándar legal) o una sola SEFIP en la competencia de pago del cómputo seleccionado;
- Convocatoria Validador: si se informa 'C', la Administración de Personal abrirá el validador SEFIP para cada competencia generada; si informa 'N', la Administración de Personal generará todos los archivos a la vez, con el nombre SEFIP-650-AAAAMM-[ACCIÓN].RE, donde AAAA = Año de la competencia reclamada, MM = Mes y [ACCIÓN] = Número del Proceso. En este caso, el usuario será responsable de renombrar y validar cada archivo generado;
- Considerar Movimientos: indicar al expediente de la SEFIP tomar o no los registros de movimientos del trabajador.
Queja GPS
El GPS debe generarse directamente dentro del programa SEFIP.
acumuladores
Las bases INSS y FGTS calculadas en el cómputo 94 no se acumularán en los demás tipos de cómputo del mismo mes. Solo se acumulará la base del IRRF con los demás pagos del mes.
Provisión/Contabilidad
No se puede realizar el cálculo de provisiones para los cálculos de tipo 94.
La contabilidad se realizará normalmente, pero si indica Consolidar, solo se consolidarán los cálculos del mismo tipo. Asimismo, al contabilizar los cálculos de hojas de consolidación, no se considerarán los cálculos de siniestros.
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