Dictamen SEI N° 16120/2020/ME (certificados médicos hasta 15 días antes del pago por enfermedad)
La Procuraduría General de Justicia del Tesoro Nacional - PGFN emitió el Dictamen SEI/ME - 10969306 con el fin de dar cumplimiento a la Jurisprudencia del STJ, por lo que a partir de noviembre de 2020 ya no se cobrará el cargo INSS Empleador y Empleado, RAT/FAP y el porcentaje para Otras Entidades/Terceros sobre el importe pagado en los primeros 15 días del certificado que precede a la prestación por enfermedad a cargo de la Seguridad Social. Por lo tanto, es importante entender que:
- los certificados médicos retribuidos que no dan lugar a un permiso retribuido por la Seguridad Social siguen tributando con normalidad;
- el descuento del INSS del empleado no afecta el valor de los certificados médicos que anteceden al pago por enfermedad;
- SEFIP: la Caixa puso a disposición una nueva versión de la SEFIP para hacer frente correctamente a esta situación, así como el Manual de Orientación.
SEFIP*
Las nuevas versiones SEFIP 8.4 y Manual SEFIP 84 fueron puestas a disposición por Caixa el 28/12/2020, 30/12/2020 y 05/01/2021, para cumplir con la nueva orientación, donde el INSS cobra sobre el monto pagado en el primeros 15 días del certificado que precede a la prestación por enfermedad abonada por la Seguridad Social.
- Nuevo Manual SEFIP: 4.7.5 - Licencia temporal referida a los primeros 15 días que preceden a la baja por enfermedad o accidente de trabajo (movimientosO3 yP3) a partir de la competencia 11/2020.
A partir de la competencia 11/2020, la SEFIP deja de tributar y se basa en nueva información siempre que el trabajador tenga un código de movimientoP3 oO3. También determina que: sólo deben enviarse con el Código de MovimientoP3 yO3 los certificados de los primeros 15 días en los que no tendrán cobros INSS, es decir, que en la secuencia tengan una baja por enfermedad pagada por el Seguro Social. Por lo tanto, los certificados que no excedan los 15 días ya no deben reportarse en la SEFIP conP3/O3, o lo mismo P1/O1, como se recomendó anteriormente.
Por estas licencias temporales que se enviarán en los movimientosO3/P3, la base INSS efectiva debe ser informada en el campoBase de Cálculo de la Seguridad Social sin considerar el valor de los 15 (quince) días de certificado pagados por la Empresa. El campoRemuneración sin salario 13 deberá contener el monto correspondiente a la remuneración con incidencia para el FGTS. También será necesario informar, en el campoOcurrencia, código05, 06, 07 o 08, según sea el caso, y rellene el campoValor descontado del asegurado con el descuento efectivo del trabajador.
Nota
Los camposBase de Cálculo de la Seguridad Social,Remuneración sin salario 13 yValor descontado del asegurado son del Validador SEFIP.
Si existe medida cautelar del INSS para el acto de atestación (características01N, 02N o 03N), para SEFIP, el cliente deberá ajustar el monto de la indemnización de acuerdo a la nueva base de la medida cautelar, considerando el nuevo cálculo del sistema con el valor del certificado hasta 15 días sin incidencia INSS (61E,62E o 63E). La consolidación de la Razón INSS del mes calculará el nuevo valor de la medida cautelar considerando el certificado, debiendo realizarse los ajustes manualmente de acuerdo a los nuevos valores.
Generación del expediente SEFIP - registro30 - Registro de trabajadores
Se cambió la generación del archivo SEFIP para que en el registro32 - Movimiento Obrero, a partir de noviembre de 2020, los campos se envían de la siguiente manera:
- campoRemuneración base para el cálculo de la cotización a la seguridad social: toma la base INSS vigente, deduciendo el valor pagado por la Empresa referente a los 15 días de certificado que anteceden a la prestación por enfermedad;
- campoOcurrencia: toma el código de los enlaces múltiples del 5 al 8, según sea el caso;
- campoValor descontado del asegurado: el descuento efectivo del trabajador.
Empleado con remuneración mensual de R$ 1.000,00 y con las siguientes licencias:
| 06/11/2020 al 20/11/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
| 21/11/2020 sin fecha de finalización | tipo de salida4 |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro30:
- campoRemuneración sin salario 13: valor correspondiente a la remuneración que sería debida, si el trabajador no estuviera de vacaciones (para incidencia FGTS) – R$ 1.000,00;
- campoBase de Cálculo de la Seguridad Social: valor correspondiente a los cinco días trabajados (R$ 166,67);
- campoOcurrencia: 5 a 8, según el caso;
- campoValor descontado del asegurado: Descuento empleado INSS.
Empleado con remuneración mensual de R$ 300,00 y con las siguientes licencias:
| 06/11/2020 al 10/11/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual aNo |
| 11/11/2020 al 25/11/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
| 26/11/2020 sin fecha de finalización | tipo de salida4 |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro30:
- campoRemuneración sin salario 13: valor correspondiente a la remuneración que sería debida, si el trabajador no estuviera de vacaciones (para incidencia FGTS) – R$ 300,00;
- campoBase de Cálculo de la Seguridad Social: valor correspondiente a los cinco días trabajados más los cinco días de certificado que no preceden a la paga por enfermedad (R$ 100,00);
- campoOcurrencia: 5 a 8, según el caso;
- campoValor descontado del asegurado: Descuento empleado INSS.
Empleado con remuneración mensual de R$ 300,00 y con las siguientes licencias:
| 05/11/2020 al 19/11/2020 | tipo de salida14 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
| 20/11/2020 sin fecha de finalización | tipo de salida3 |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro30:
- campoRemuneración sin salario 13: valor correspondiente a los cuatro días trabajados más los primeros 15 días de responsabilidad del empleador (R$ 190,00);
- campoBase de Cálculo de la Seguridad Social: valor correspondiente a los cuatro días trabajados (R$ 40,00);
- campoOcurrencia: 5 a 8, según el caso;
- campoValor descontado del asegurado: Descuento empleado INSS.
En la competencia de diciembre SEFIP, se informará en el registro30:
- campoRemuneración sin salario 13: valor correspondiente a 18 días trabajados (R$ 180,00);
- campoBase de Cálculo de la Seguridad Social: no informado (R$ 0,00);
- campoOcurrencia: 00;
- campoValor descontado del asegurado: no informado (R$ 0,00).
Generación del expediente SEFIP - registro32 - Movimiento Obrero
A partir de noviembre de 2020, ausencias del tipo14 - Licencia Médica - Pago. Empresa y23 - Accidente de Trabajo – Pago. Empresa, a las que siguen salidas del tipo3 - Subsidio por enfermedad y4 - Accidente de trabajo, ya no se enviarán juntos bajo el mismo código de movimiento (O1/P1). La separación de los movimientos se realizará, según los ejemplos siguientes:
Empleado con las siguientes licencias:
| 06/11/2020 al 20/11/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
| 21/11/2020 sin fecha de finalización | tipo de salida4 |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoO3 y fecha 05/11/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el empleador;
- códigoZ6 y fecha 20/11/2020: último día de licencia pagada por el empleador;
- códigoO1 y fecha 20/11/2020: día inmediatamente anterior al permiso retribuido por el INSS.
Empleado con las siguientes licencias:
| 05/11/2020 al 19/11/2020 | tipo de salida14 con campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
| 20/11/2020 al 13/12/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
| 26/11/2020 sin fecha de finalización | tipo de salida3 |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoP3 y fecha 04/11/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el empleador;
- códigoZ5 y fecha 19/11/2020: último día de licencia pagada por el empleador;
- códigoP1 y fecha 19/11/2020: día inmediatamente anterior al permiso pagado por el INSS.
En la competencia de diciembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoP1 y fecha 19/11/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el INSS;
- códigoZ5 y fecha 13/12/2020: último día de baja pagada por el INSS.
Además, a partir de noviembre de 2020 no se remitirán más las bajas por enfermedad o accidente de trabajo a cargo de la Empresa que graven el INSS. Es decir, ya no se enviarán salidas del tipo14 - Licencia Médica - Pago de la Empresa y23 - Accidente de trabajo - Pago de la empresa quien es el dueño del campoCertificado Sin Incidencia INSS diferente des.
Empleado con la siguiente licencia:
| 06/11/2020 al 20/11/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual aNo |
En la competencia SEFIP de noviembre, esta baja no será informada en el registro32.
Empleado con la siguiente licencia:
| 25/10/2020 al 08/11/2020 | tipo de salida23 con el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual aNo |
En la competencia de octubre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoO3 y fecha 24/10/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el empleador;
- códigoZ6 y fecha 31/10/2020: sitúa la devolución en el último día del mes, a partir de noviembre la SEFIP no acepta este permiso.
En la competencia de noviembre SEFIP, esta baja no será informada en el registro32.
También permitimos, en nuestro sistema, el registro de ausencias del tipo3 o4 con días justificados, pudiendo ser dichos días justificados días de baja por enfermedad pagados por la Compañía. En este caso, la regla es:
- caso el campoCertificado Sin Incidencia INSS es igual as, tomará el plazo de días justificado en el códigoO3/P3, y el resto del período en el código O1/ P1;
- caso el campoCertificado Sin Incidencia INSS es diferente des, no se enviará el plazo de días justificados, y el resto del plazo se llevará en el códigoO1/P1.
Empleado con la siguiente licencia:
| 05/11/2020 al 13/12/2020 | tipo de salida3 con 15 días justificados y el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual as |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoP3 y fecha 04/11/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el empleador (inicio de días justificados);
- códigoZ5 y fecha 19/11/2020: último día de licencia pagada por el empleador (fin de días justificados);
- códigoP1 y fecha 19/11/2020: día inmediatamente anterior al permiso retribuido por el INSS.
En la competencia de diciembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoP1 y fecha 19/11/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el INSS;
- códigoZ5 y fecha 13/12/2020: último día de baja pagada por el INSS.
Empleado con la siguiente licencia:
| 05/11/2020 al 13/12/2020 | tipo de salida3 con 15 días justificados y el campoCertificado Sin Incidencia INSS igual aNo |
En la competencia de noviembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoP1 y fecha 19/11/2020: día inmediatamente anterior al permiso pagado por el INSS.
En la competencia de diciembre SEFIP, se informará en el registro32:
- códigoP1 y fecha 19/11/2020: día inmediatamente anterior a la licencia pagada por el INSS;
- códigoZ5 y fecha 13/12/2020: último día de baja pagada por el INSS.
Importante
Al presentar la SEFIP de octubre, que tenga baja por enfermedad o accidente de trabajo sin la fecha de finalización informada (aún no se sabe en qué día se reincorpora el Empleado), se enviará este movimiento siguiendo la regla anterior. De esta forma, para que este movimiento sea correcto dentro de la SEFIP, cuando se introduzca la fecha de finalización del permiso y se envíe la SEFIP de ese mes, será necesario regenerar y rectificar el mes de octubre. Además, siempre que la fecha de finalización del permiso sea posterior al 31/10/2020, se deberá cumplimentar correctamente el campoCertificado Sin Incidencia INSS. De lo contrario, las transacciones pueden ser indebidas dentro de la SEFIP.
Nuevo campo en el historial de licencias
En el registro de historial de licencias del empleado (FR038AFA), el campoCertificado Sin Incidencia INSS. Este campo se utiliza para indicar, con la opciónS-Sí, bajas con subsiguientes bajas por enfermedad que ya hayan sido aprobadas por el perito del INSS y que quedarán exentas de la base del INSS en los cómputos.
Observação
El campoCertificado Sin Incidencia INSS se habilitará sólo cuando la situación de baja sea del tipo14 o23. O cuando la situación es3 o4 y ha informado un número de días justificados superior a cero. Pero incluso en estos casos, la cumplimentación del campo será opcional.
El campoCertificado Sin Incidencia INSS está disponible en las pantallas:
- Hist. Retiro del Archivo Básico (FRHISAFA);
- Salir del historial (FR038AFA);
- Registros Colectivos (FRTRFCOL);
- Deja la Historia en la Web 5.0.
El campoCertificado Sin Incidencia INSS también se incluyó en los servicios web y los modelos de importación que se utilizan para realizar la integración de mudanzas.
Cálculo/Terminación de Nómina
Eventos con las nuevas características y con latipo de evento =6 - Otro Env. Descuento, que ajustará los cobros del INSS por certificados médicos hasta por 15 días consecutivos de baja por enfermedad. Estos eventos con el número de horas de certificado médico sin incidencia del INSS deben ser ingresados manualmente en la hoja mensual o hoja complementaria del tipo12.
El descuento del INSS tampoco se debe en el certificado, por lo que el sistema calculará la devolución del descuento. Por lo tanto, el evento de Retorno del INSS con característica35D debe existir en la tabla de eventos.
- Asignación de Empresa para Generación en Horas:
- C61E - Horas Certificadas sin Horario INSS;
- C62E - Horas Certificadas sin Noche INSS.
- Asignación de empresa para generación en días:
- C63E - Certificado de Días sin INSS.
Configuración de eventos recomendada:
Guía de eventos
Pestaña de incidencia
Guía básica
Esta pestaña debe informar los eventos que ya están en la carpeta base de eventos de los eventos de licencia por enfermedad actuales con el tipo base "1 - Valor del evento".
Notas
- Los eventos creados deben tener el mismo tipo base que el evento predeterminado;
- Si el usuario desea agregar eventos adicionales como insalubres, peligrosos, nocturnos, etc., estos eventos adicionales deben ser del tipo base "6 - Vlr Event Prop (1 hora)".
retorno INSS
La pastaIncidencia, solo el campo impuesto sobre la renta mensual debe estar con+ (más) y todos los demás conNo. el campo denaturaleza social debe ser9201 - Contribución a la Seguridad Social. En la carpeta base deben estar los mismos eventos existentes en el evento Descuento Mensual INSS.
Contabilizar
Para este tratamiento se crearon nuevos CLC (según el cuadro a continuación), los cuales sólo se aplicarán cuando se trate de eventos con la característica de atestación sin incidencia INSS (61E,62E o 63E) se calculan en una hoja suplementaria del tipo12 o 14. Los nuevos CLC se deben generar en la pantalla de Configuraciones Contables, en el botónGenerar CLC.
Observação
Consulte con su contador qué cuentas contables para estos CLC.
Estos nuevos CLC sólo se calcularán por contabilidad cuando la Hoja Complementaria de tipo12 se contabiliza por separado con la opciónConsolidar =No. Esto se debe a que la base de cálculo del INSS de la hoja complementaria por sí sola será negativa. Cuándo contar con la opciónConsolidar =Sí, la base de cálculo del INSS será nula o positiva, no siendo necesaria la generación de estos CLC de reversión.
Nuevos CLC:
| CLC de nómina mensual | Nuevos CLC Hoja 12 o 14 |
|---|---|
| 1250 - Parte de la empresa GPS | 1461 - Parte de la empresa GPS - Reversión de prueba. Doctor |
| 1350 - Parte de la empresa GPS | 1561- Parte de la empresa GPS - Reversión de prueba. Doctor |
| 1251 - Accidente de Trabajo GPS | 1462 - Accidente de Trabajo GPS - Reversión de atestación. Doctor |
| 1351 - Accidente de Trabajo GPS | 1562 - Accidente de Trabajo GPS - Reversión de atestación. Doctor |
| 1252 - GPS de terceros | 1463 - GPS de terceros - Prueba de inversión. Doctor |
| 1352 - GPS de terceros | 1563 - GPS de terceros - Prueba de inversión. Doctor |
| 1253 - Parte de Acuerdos de GPS | 1464 - Parte de Acuerdos de GPS - Reversión de atest. Doctor |
| 1353 - Parte de Acuerdos de GPS | 1564 - Parte de Acuerdos de GPS - Reversión de atest. Doctor |
| 1254 - Conversión parcial. GPS - Retenido | 1465 - Parte Conv. GPS - Retenido - Atestación de reversión. Doctor |
| 1354 - Conversión parcial. GPS - Retenido | 1565 - Parte Conv. GPS - Retenido - Atestación de reversión. Doctor |
| 1255 - Senai adicional | 1466 - Senai Adicional - Test de Reversión. Doctor |
| 1355 - Senai adicional | 1566 - Senai adicional - Prueba de reversión. Doctor |
| 1299 - empr. GPS (FPAS 639) | 1467 - Empr. GPS (FPAS 639) - Prueba de inversión. Doctor |
| 1399 - Empr. GPS (FPAS 639) | 1567 - Empr. GPS (FPAS 639) - Prueba de inversión. Doctor |
| 1291 - Accidente de Trabajo GPS (límite) | 1468 - Accidente de Trabajo GPS (Lim) - Prueba de inversión. Doctor |
| 1391 - Accidente de Trabajo GPS (límite) | 1568 - Accidente de Trabajo GPS (Lim) - Prueba de inversión. Doctor |
Si existe medida cautelar del INSS para el acto de atestación (características01N, 02N o 03N), el cliente debe ajustar manualmente la diferencia con respecto a los CLC de orden judicial. La contabilidad se basa en el valor total del empleado. Si el cliente tiene mandatos, el ajuste debe hacerse en la personalización o manualmente de los CLC.
Integración financiera
En el cálculo de una Hoja Suplementaria del tipo12, no se generan valores de reversión de atestación. Esta compensación sólo se hará en la contabilidad, sin embargo, el monto de la Declaración INSS tendrá el título generado.
GPS
La compensación de los valores de GPS debe hacerse manualmente cuando se realizan cálculos adicionales para ajustar los meses en los que hubo certificados seguidos de pago por enfermedad. Para ayudar en este proceso, se creó un nuevo resumen en la Lista INSS, que se puede ver a continuación.
relación INSS
En el listado de la lista del INSS, se agregó información para ayudar en la verificación y compensación de valores de certificados médicos hasta 15 días seguidos de pago por enfermedad. Esta información se basa en hechos con las características de un certificado sin incidencia INSS (61E,62Eo 63E) presente en el(los) cálculo(s) del mes.
- Nuevo resumen VALORES PARA REVERSIÓN ATESTIGUADOS HASTA 15 DÍAS SIN INCIDENCIA INSS, que se cotizará cuando el cómputo activo sea una Hoja Complementaria del tipo12:
- Los valores de certificado médico hasta 15 días seguidos de pago por enfermedad serán listados por Empleado;
- El total de certificados médicos hasta 15 días seguidos de pago por enfermedad se enumerarán por Sucursal/Empresa.
Si existe medida cautelar del INSS para el evento de atestación, el monto de la diferencia se generará en la grilla de acuerdo a cada valor.
Si el valor base del evento Atestación (características1N,2N o3N) es igual o menor que el evento de atestación sin INSS (características61E, 62E o 63E) , no se generará el monto de la medida cautelar, ya que la deducción se hará en base al monto total del acto de atestación sin INSS. Si el valor base del evento de Atestación es mayor que el evento de atestación sin INSS, el valor de la medida cautelar sólo será sobre la diferencia del evento de atestación sin INSS - Evento de atestación.
eSocial*
Tras el lanzamiento de eventos con las características de atestación sin incidencia INSS (61E,62E o 63E) en Folha, es necesario reenviar los eventos de compensación de las competencias ya enviadas. Si los hechos fueron ingresados en Ficha Complementaria, el sistema se ajustará para que la Declaración de Descuento INSS no sea devuelta como error por eSocial.
Si existe medida cautelar del INSS para el evento de atestación, se enviará el evento de Atestación sin INSS creado con la información del INSS igual a "0 - No es base de cálculo".
Si el evento certificado sin INSS (61E,62E o 63E) es mayor o igual que el evento de Atestación con incidencia (1N,2N o3N), no se enviará el evento de atestación con iniciales de amparo. Si el evento certificado sin INSS es menor que el evento certificado con incidencia, el valor de los eventos con amparo inicial se enviará con la diferencia de los dos eventos.
- Eventos 56 - Certificado 15 días (características1N,2N o3N) - Valor 100
- Eventos 5656 - Certificado 15 días sin INSS (características61E, 62E o 63E) - Valor 80
La rúbrica del evento 56 se tomará con el valor 20 (Código INSS como Medida Cautelar) y la rúbrica del evento 5656 se tomará como integral, tipo 1 (Código INSS como "0 - No es base de cálculo").
- Eventos 56 - Certificado 15 días (características1N,2N o3N) - Valor 100
- Eventos 5656 - Certificado 15 días sin INSS (características61E, 62E o 63E) - Valor 100
No se tomará la rúbrica de evento 56 y se tomará la rúbrica de evento 5656 como integral, tipo 1 (código INSS como "0 - No base de cálculo").
Procesos
Que hacer:
- cambiar el campoCertificado no tiene incidencia del INSS pors en el historial de retiros del certificado.
- Calcular una Hoja Complementaria Tipo12 publicación del evento(s) con el número de horas de certificado médico sin incidencia INSS.
- Generar todos los procesos inherentes al cálculo de la Ficha Complementaria: SEFIP, eSocial, Contabilidad, Integración Financiera, GPS, Listado INSS, Sobre, Crédito Bancario, etc.
Que hacer:
- cambiar el campoCertificado no tiene incidencia del INSS pors retiro del certificado.
- Ingresar el(los) evento(s) con el número de horas de certificado médico sin incidencia INSS en la hoja mensual.
- Todos los procesos inherentes al cálculo de la Ficha se realizarán ya considerando esta situación.
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