Ingresos IRRF - Gestão de Departamento Pessoal
Algunos empleados poseen ingreso y alícuota específicas para recogimiento del IRRF* (Impuesto de Renta Retenido en la Fuente).
Este es el caso, por ejemplo, de empleados residentes o domiciliados en el exterior, que participan de un cálculo diferenciado de IR y poseen una aplicación directa de la alícuota debida sobre la base de cálculo, no habiendo deducciones.
Al asignar un código de ingresos IRRF específico, el Gestão de Departamento Pessoal Facilita tanto la identificación de los empleados que tienen un cálculo de IR normal como aquellos que tienen un cálculo diferente.
Incluir un historial de ingreso de IRRF*
- Acceso Gestão de Departamento Pessoal > Datos contractuales > Empleados .
- Haga clic en Opciones al lado del empleado deseado y seleccione Historiales eventuales.
- En la pestaña Ingreso IRRF, haga clic en Agregar para registrar el código de ingreso que se aplica al colaborador.
Importante
La fecha de aplicación de un nuevo ingreso es basada en la fecha de pago de los rendimientos tributables.
Ejemplo: si fuera ingresado um histórico con fecha de alteración de ingreso en 01/02/AAAA, este ingreso irá influenciar en la nómina de pago de la competencia 01/AAAA, que posee fecha de pago en 05/02/AAAA.
Códigos de ingreso disponibles y como funcionan
La tabla abajo lista los posibles códigos de ingreso que pueden ser informados en el sistema y cuando cada uno debe ser utilizado:
Código de ingreso | Cuando utilizar |
---|---|
S - Sí | Identifica los empleados para los cuales el cálculo del IR será normal, conforme alícuotas de la tabla del IR. |
N - Extranjero con deducción | Identifica los empleados trabajando en el exterior, que quedan sujetos al cálculo diferenciado del IRRF*. Será tratado como tributación exclusiva en la fuente, por lo tanto efectuando las deducciones permitidas. |
E - Extranjero sin deducción | Identifica los empleados trabajando en el exterior, que quedan sujetos al cálculo diferenciado del IRRF. Será tratado como tributación exclusiva en la fuente, por lo tanto para estos empleados no debe haber deducciones de la base de cálculo del IRRF*, incluso de los dependientes. |
I - Exento Molestia Grave |
Identifica los empleados portadores de enfermedades graves, que son excentos del impuesto sobre la renta desde que se encuadren en las situaciones previstas en Ley. En este caso el sistema no calculará el evento IR en los pagos efectuados al empleado. |
A - No Deduce Exención Jubilación + 65 Años |
Identifica los jubilados con edad superior a 65 años, para los cuales el sistema no hará la deducción del valor. Este código atiende principalmente la área pública, que paga sus jubilados y puede hacer uso de esta deducción y al mismo tiempo pagar trabajadores ya jubilados por el Régimen General de la Previsión Social, que no pueden hacer uso de esta deducción. |
V - Voluntario de la Copa |
Identifica empleados y pagos relacionados a las Copas de los años 2013 y 2014, y para esos empleados el sistema no hará la deducción del valor. Cuando el año de referencia sea posterior a 2015, el indicativo de esos pagos no es generado en el archivo de la Dirf. Por eso esta opción no queda disponible al registrar historiales de ingresos de IRRF* con fecha de alteración igual o superior a 01/01/2016. |
B - Bolsa Médico-Residente | Identifica empleados que poseen la bolsa de médico-residente, que son exentos del impuesto sobre la renta desde que se encuadren en las situaciones previstas en Ley. En este caso el sistema no calculará el evento IR en los pagos efectuados al empleado. |