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Segundo el Capítulo IV de la Consolidación de las Leyes de Trabajo (CLT), todo empleado tiene anualmente el derecho a un período de vacaciones, sin prejuicio en la remuneración.

La legislación laboral establece, aún, que la concesión de las vacaciones es determinada por el empleador en el período de 12 meses siguientes a la adquisición del derecho. Este período es llamado de concesivo. Si el empleado no utiliza sus vacaciones hasta el término del período concesivo, el tiene derecho a recibir el valor de las vacaciones en doble.

La legislación, entre otras cosas, establece que:

El objetivo principal de este proceso es permitir el control de todas las etapas del otorgamiento de vacaciones, así como la emisión de los documentos necesarios para la firma, como el aviso y recibo de vacaciones. A continuación, se describen todos los pasos realizados para tal fin.

Flujo del Proceso

Lo que usted puede hacer:

Programación de vacaciones y emisión de recibos:

Asignación de vacaciones y cálculos:

Consultas y conferencia de valor:

Reforma laboral (noviembre/2017): impactos en el proceso vacacional

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