La rescisión del empleado es la forma de finalizar el vínculo de trabajo firmado entre las partes, sea por interés de la empleadora o del empleado. Se forma por el descumplimiento de las partes, recíproca o no, aplicando los artículos 477, 482 e 483 de la CLT(Consolidación de leyes de Trabajo). El cómputo de la extinción puede hacerse de forma individual o colectiva, respetando las particularidades de cada caso.
También existe la extinción por acuerdo entre las partes. Ella determina que el empleado que pedir para salir de la empresa tiene el derecho a recibir mitad de la multa de 40% sobre el saldo del FGTS* y mitad del aviso previo indemnizado, entre otros aspectos.
La Administración de Personal está preparada para todas las tareas involucradas en el proceso de baja, desde su parametrización hasta la integración de valores en la nómina y emisión de guías e informes. También prevé avisos previos, programación y cómputo de rescisión, expedición de documentos, rescisiones normales, complementarias, simuladas y colectivas.
Antes de iniciar el proceso, algunosrequisitos previos de configuración debe definirse, como se destaca a continuación:
- LAmesa de eventos debe contener los registros relacionados con la terminación, debidamente vinculados a las características y reglas existentes, para permitir el cálculo de todas las ganancias, ventajas o descuentos en la terminación del trabajador.
- Las causas de despido registradas en el sistema deben ser suficientes. Senior cuenta con una lista de causas estándar de acuerdo con la legislación vigente, sin embargo, se pueden incluir registros adicionales para satisfacer las necesidades específicas de la organización.
- Los parámetros del registro de la Unión deben estar correctamente configurados, ya que definen cómo se realizan los cálculos que involucran pagos de promedios al término.
Los siguientes elementos describen estos y otros pasos en el proceso de terminación.
Flujo del Proceso
Lo que usted puede hacer:
Cálculo, programación y simulación de terminaciones
En las relaciones laborales, cuando una de las partes desee extinguir un contrato de trabajo por tiempo indefinido sin justa causa, deberá comunicárselo previamente a la otra parte mediante preaviso.
Tramitada la notificación previa, el cómputo de la rescisión podrá realizarse de forma individual o colectiva, directamente oa partir de una rescisión programada o simulada. Luego del cálculo, los montos pueden ser revisados por posibles cambios y ajustes, antes de emitir el recibo de terminación.
Los despidos complementarios se computan en cuanto sean necesarios, ya sean derivados de convenios colectivos, comisiones pendientes u otras cantidades que no fueron pagadas al trabajador en el despido original, cuando éste ya ha sido aprobado y pagado.
Los cálculos que involucran pagos de promedios se aplican de acuerdo con los parámetros indicados en eldefiniciones sindicales y noregistro de la empresa.
Cuando se dé por terminado un contrato de trabajo sin justa causa, a iniciativa del empleador, éste podrá optar por otorgar preaviso trabajado o indemnizado. Lo mismo ocurre cuando el empleado renuncia. Cuando se trabaje el preaviso, la comunicación deberá hacerse por escrito, en tres copias, una para el trabajador, otra para el patrón y otra para el sindicato.
Con la entrada en vigor de la Constitución Federal, hasta octubre de 2011, el plazo de preaviso era de treinta días, independientemente de la antigüedad del empleado en la empresa. Sin embargo, con la publicación de la Ley 12.506/2011, a partir del 13 de octubre de 2011, su duración pasó a ser considerada de acuerdo con la antigüedad del empleado, llegando hasta los noventa días. En este sentido, el período de preaviso dado por el patrón, tanto trabajado como indemnizado, integra el tiempo de servicio para todos los efectos legales, incluyendo reajustes salariales, vacaciones, 13º salario e indemnizaciones.
El registro de preaviso se puede realizar sin computar efectivamente el cese, y luego emitir los informes correspondientes y recabar la firma del trabajador. Esta información también servirá como base para el cálculo de la rescisión. El aviso puede ser:
- Indemnizado: cuando el empleador determine el despido inmediato del trabajador y efectúe el pago de la cuota correspondiente al período respectivo. Se considera también aviso previo indemnizado cuando el empleado se desvincula de inmediato y el empleador efectúa el descuento del valor respectivo en rescisión de contrato.
- Trabajado: cuando el trabajador da aviso de su despido y, antes de partir, cumple con las horas trabajadas en los días previstos por la ley y/o pactados con el empleador.
El cálculo de la terminación cumple con todosparámetros predefinidos en el sistema. El primer paso es elegir cálculo individual o colectivo. Los despidos colectivos facilitan la labor de los profesionales del departamento de personal, ya que permiten el cómputo simultáneo del despido de todas las personas despedidas en una misma fecha.
Se puede realizar un calendario de rescisión o simulación antes del cálculo real, lo que facilita el despido de empleados con contratos de duración determinada y la estimación de los costes de despido.
Cuando la empresa utiliza la programación de terminación, el sistema puede administrarla para controlar futuros despidos. El horario de terminación sólo se puede hacer de forma individual.
La simulación del cálculo de despidos se utiliza para estimar el costo de despedir a un empleado en particular, un área en particular o incluso una empresa entera. Funciona de forma similar a la terminación normal, basándose en los mismos parámetros que utiliza. Después de analizar esta simulación, si es aprobada por el responsable, se puede realizar, sin necesidad de recalcular con los mismos valores simulados.
Si alguna cantidad no ha sido pagada al empleado en la terminación original, y esta ya ha sido aprobada y pagada, la terminación complementaria se utiliza para cerrar este asunto pendiente.
Al calcular una terminación complementaria, el sistema compara los montos pendientes del empleado con los que se pagaron en la terminación original. Si se ha pagado algún suplemento en una fecha anterior, también se considera. El resultado es la diferencia, ya sea positiva o negativa.
GRRF, Aviso de exención y HomologNet
Al realizar una terminación, en ciertos casos es necesario emitir la Guía de Pago de Terminación (GRRF) del FGTS, generar el Aviso de Despido (CD) y/o ratificar la terminación contractual con HomologNet.
La Guía de Liquidación del FGTS (GRRF) se utiliza para el cobro de los valores, en su caso, establecidos por la Ley Complementaria núm. 110/2001. Corresponden a multas por rescisión, preavisos indemnizados, depósitos del FGTS del mes de rescisión y del mes inmediato anterior, más eventuales aportes sociales.
El Aviso de Despido (CD) se envía al Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE) para brindar asistencia económica temporal a los trabajadores desempleados por despido sin justa causa, incluidos los indirectos. También ayuda a los trabajadores en la búsqueda de empleo, promoviendo acciones integradas de orientación, reubicación y cualificación profesional. Por defecto, el sistema cuenta con modelos impresos para el Aviso de Dispensa y el Seguro de Cesantía, además del archivo en el formato adecuado para su importación en el sitio web del MTE.
Las empresas del sector privado deben aprobar las terminaciones contractuales de los empleados que hayan estado empleados durante más de un año, o dentro de un período menor (cuando esté estipulado en un convenio colectivo). Esto lo hace el sistema HomologNet del MTE, diseñado para facilitar la asistencia de los organismos de homologación. Las empresas deben proporcionar la información necesaria para el cálculo de la terminación en un archivo de exportación en formato XML, o incluirlos directamente en el sistema HomologNet en el sitio web del Ministerio de Trabajo.
Esta guía se puede generar para todos los empleados de un período determinado, para el debido cobro de los impuestos aplicables. El módulo busca empleados con terminación y terminación FGTS en el período informado, para generar el archivo guía de acuerdo con el formato disponible por Caixa Econômica Federal. Ese archivo es posteriormente importado al sistema GRRF Eletrônica a través de un validador, cuya ruta está indicada dentro de la Administración de Personal.
La Resolución CODEFAT nº 736/2014, publicada el 10/10/2014, obliga a utilizar el Portal Mais Emprego (http://maisemprego.mte.gov.br) para cumplir con las obligaciones del Seguro de Desempleo. El portal contiene la aplicación Web Empregador, que permite al empleador llenar la Solicitud de Seguro de Cesantía (RSD) y el Aviso de Despido al MTE. El patrón es responsable de entregar al trabajador la Solicitud de Seguro de Cesantía y Aviso de Despido, impresa por la Web Patrón.
La generación de información a partir del Aviso de Despido por parte de la Administración de Personal permite la inclusión de varios empleados en un solo expediente, para su posterior emisión a través del sitio “Web Patronal” (https://sd.maisemprego.mte.gov.br/sdweb/employerweb/index.jsf). Esto le da objetividad y seguridad al proceso, además de:
- Envío de información en lote, utilizando el archivo generado por Administración de Personal.
- Agilidad, autenticidad y exactitud en el suministro de la información.
- Reducción de gastos con la adquisición de formularios preimpresos.
- Designación de un apoderado, quien representará al empleador en las acciones relacionadas con el registro de la solicitud del seguro de desempleo.
De acuerdo con los lineamientos del Ministerio del Trabajo y Empleo (MTE), el objeto de la homologación es velar por el cumplimiento de la ley y el efectivo pago de las indemnizaciones, así como orientar y aclarar a las partes sobre los derechos y deberes derivados de el fin de la relación laboral.
El sistema de Senior está preparado para enviar información de forma colectiva, en base a un periodo de terminación calculado.
El acceso a losDocumentación de HomologNet para obtener información detallada.
Se debe imprimir el Término de Terminación del Contrato de Trabajo (TRCT) junto con el respectivo término de liquidación y aprobación. La Administración de Personal cuenta con modelos diseñados especialmente para este fin, de acuerdo con los requisitos de la ordenanza 1621 del Ministerio del Trabajo y Empleo.
Reforma laboral (noviembre/2017): impactos en el proceso de terminación
Aspectos de este mod:
- El aviso puede ser trabajado o indemnizado. Cuando sea indemnizado, se adeudará por la mitad de los días a que tendría derecho el trabajador.
- La proyección del preaviso de vacaciones y salario 13 se hará en base a los días presentados en la terminación, es decir, la mitad de los que efectivamente tendría derecho el trabajador.
- FGTS bien:
- El porcentaje de la multa será la mitad de lo que le correspondería en caso de ser despedido, es decir, se aplicará el porcentaje del 20% sobre el saldo del FGTS.
- Las cuotas relacionadas con el seguro de desempleo no serán exigibles.
- Los demás fondos laborales no sufren modificaciones, calculándose en función del motivo del despido sin justa causa.
La reforma laboral define una sola fecha de pago para todas las modalidades de terminación, considerando lo dispuesto en la Ley 13.467/2017, que debe ocurrir dentro de los 10 días posteriores a la salida del trabajador de la empresa.
En el sistema, la fecha es calculada y sugerida en base a la fecha de baja del empleado, de la siguiente manera:
- Para pagos con fecha de renunciaigual o posterior del 11/11/2017, el sistema considerará los campos:
- Inicio Conteo Fecha Pago, ubicado en la pantalla de registro de causas de renuncia (FR042CAU).
- Fecha de pago del registro de sindicatos (FR014SIN).
El cómputo será independiente del tipo de causa de despido y, si la fecha calculada no es un día hábil, se considerará el día hábilanterior.
- Para pagos con fecha de renunciaAntes de 11/11/2017, la fecha de pago dependerá de la
Razón social que se enlaza en la pestaña eSocial del registro de causa de despido. También dependerá del número de días de preaviso, fecha de despido y finalización del contrato del trabajador.
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