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Reforma laboral (Ley N° 13.467 de 2017): qué cambia en Administración de Personal?

Atenção

Esta documentación solo aplica para el módulo: AP.

Con la reforma laboral, promulgada el 13 de julio de 2017 mediante la Ley N° 13.467 y la Medida Provisional 808/2017, se hicieron necesarios algunos cambios en el sistema. A continuación enumeramos estos cambios, separados por temas para cada punto que aborda la reforma.

El propósito de estas pautas no es informar todo lo que se modificó en la legislación, sino solo los puntos que impactaron directamente al sistema y que necesitan alguna acción o revisión por parte de sus usuarios.

Cambios por tema:

Multas administrativas (Formulario de Registro)

El artículo 47 determina condiciones que dan lugar a multas al patrón, si comete infracciones en la relación de contratación y trabajo con el trabajador:

  1. Permanencia de un trabajador no dado de alta en los términos del artículo 41 de la Consolidación

El empleador que mantenga un trabajador no registrado en los términos del artículo 41 de la CLT estará sujeto a una multa de BRL 3.000,00 (tres mil reales) por trabajador no registrado, más una cantidad igual por cada reincidencia. Para las micro y pequeñas empresas, la multa será de R$ 800,00.

Gestión de Personas | HCM no cuenta con una funcionalidad específicamente enfocada en este punto, siendo el usuario el encargado de velar por el cumplimiento de esta ley, y mantener actualizados en el sistema los registros y documentos del empleado.

  1. El párrafo único del artículo 41 de la CLT trata de los datos relativos a la admisión al empleo del trabajador, la duración y eficacia del trabajo, las vacaciones, los accidentes y demás circunstancias de interés para la protección del trabajador. Si estos datos no son informados, el empleador estará sujeto a una multa de R$ 600,00 (seiscientos reales) por trabajador lesionado.

De esta forma, el modelo y la pantalla del Formulario de Registro están en línea con lo determinado por la Ordenanza 41 y demás modificaciones realizadas a la Ley 13.467 y MP 808 de 2017.

Para este seguimiento, la pantalla Formulario de Registro - Ordenanza 41 (Empleados > Formulario de Registro > Ordenanza 41) tiene la pestaña Adicional, incluso en la versión web. Su comportamiento es similar al de las otras guías, demostrando todos los aspectos adicionales del empleado ocurridos durante el período informado, como condiciones insalubres y peligrosas.

La plantilla de informe Record Ficha también se puede utilizar para este seguimiento. Está disponible en el menú Colaboradores > Hoja de registro > Lista.

Teletrabajo (Home office)

Se incluyó la fracción III y el capítulo II en el artículo 62 de la CLT, regulando las actividades de los empleados que trabajan a distancia (home office).

Si la empresa tiene empleados trabajando bajo este régimen, es necesario:

  1. Registrar un enlace de teletrabajo:
    • En Tablas > General > Enlaces (FR022VIN), seleccione un enlace (o registre uno nuevo) e ingrese "Y - Sí" en el campoTeletrabajo (Home Office).
  2. Registrar tipos de anotación para la Partida III:
    • En Tablas > General > Anotaciones (FR022NO), comprobar si ya existen registrados tipos de anotaciones para teletrabajo (identificados por el campoEsquema de jornada laboral).
    • Si no existe, registre dos tipos de anotación: una con elEsquema de jornada laboral igual a "5 - Inicio Inciso III del Artículo 62 de la CLT" y otro con el régimen igual a "6 - Fin Inciso III del Artículo 62 de la CLT".
  3. Colaborador asociado con el bono de teletrabajo:
    • En Colaboradores > Historias > Enlace (FR0

      38HVI), asocie el colaborador con el enlace creado en el paso 1. Al cambiar el contrato de trabajo vigente de un empleado a un contrato de teletrabajo, el sistema ingresa en su historial la anotación con el régimen de jornada "5 - Inicio, Inciso III del Art. 62 de la CLT".

      Asimismo, al cambiar a una relación de no teletrabajo, se fija una nota con un régimen igual a "6 - Punto final III del Art. 62 de la CLT".
  4. Cambiar la información contractual del empleado
    • :En Colaboradores > Historias > Teletrabajo (FR038HTT), registrar información sobre el contrato de teletrabajo del empleado. Incluyendo fecha de inicio y finalización de la prestación del servicio, ayuda con costos y frecuencia de envío de informes de actividad.
  5. Generar contrato de teletrabajo (home office):
    • En Empleados > Documentos > Plantillas, genere la plantilla 036 - Contrato de Trabajo - Teletrabajo (FPDO036.COL).

      El contrato se generará con base en la información del historial de teletrabajo y el enlace respectivo.

contrato de trabajo intermitente

Con la Ley N° 13.467, que entró en vigencia el 11/11/2017, se reguló la modalidad de trabajo a través de contratos intermitentes.

Se considera intermitente el contrato de trabajo en el que la prestación de servicios, con subordinación, no es continua. La contratación se realiza bajo demanda, es decir: en periodos alternos de prestación del servicio e inactividad, determinados en horas, días o meses.

Gestión de Personas | HCM tiene unrutina de contrato intermitente, pero su uso esrevisado y depende deactivación. Consulte la documentación de la pantalla de activación (FRATIINTO) para saber mas.

Autorización de Aporte Sindical

Se reformaron los artículos 578 y siguientes de la CLT en lo relativo a la cuota sindical obligatoria, de conformidad con la Ley 13.467 de 2017 (reforma laboral). Con la reforma, el aporte solo se puede realizar con la autorización previa y expresa del trabajador, y deja de ser obligatorio.

Arte. 582: Los patrones están obligados a descontar de la nómina de sus trabajadores del mes de marzo de cada año las cuotas sindicales de los trabajadores que previa y expresamente hayan autorizado su pago a los respectivos sindicatos.

El descuento de la cuota sindical para los trabajadores optantes se seguirá realizando en el mes de marzo.

Si un empleado opta por autorizar el descuento referente a la cotización opcional en la nómina, es necesario:

  1. Configure el evento (Tablas > Eventos > Eventos > Registro (FR008EVC)) que realizará el descuento, se debe parametrizar con la Característica "41B" y la Regla "007 - Descuentos Sindicales". a través del campoSindicato, disponible en la pantalla de registro de eventos, es posible configurar un evento para cada sindicato, si corresponde.
  2. En el registro de cada Sindicato (Tablas > Sindicatos > Registro (FR014SIN)) el descuento debe configurarse en la pestaña Eventos. Inserte un registro con Tipo "05 - Aporte Sindical", para el mes 03 (marzo), con Descuento "D - Número de días" y Valor de 1,00 (un día), para Asociados y no Asociados.
  3. En Tablas > General > Situaciones (FR010SIT) definir el tratamiento de las cuotas sindicales, informando "1 - Descuentos".
  4. Definir el sindicato que recibirá el aporte del cotizante. Para ello acceda a Empleados > Historial > Autorización de aporte sindical (FR038HCO) y definir el trabajador, el sindicato y la competencia.
  5. Recoger la firma del trabajador en la autorización de aporte sindical. La autorización se puede imprimir utilizando el modelo de reporte 037 - Autorización para Descuento de Aporte Sindical (FPDO037.COL).
  6. A través del menú disponible en Impuestos > Sindicato > Listado, es posible emitir un listado que contenga todos los descuentos de valores sindicales tales como Aporte Sindical, Cuota Mensual Sindicalista, Cuota de Asistencia, etc. En el menú disponible en Impuestos > Sindicatos > Registro, es posible consultar dichos registros y se pueden emitir guías de pago en Impuestos > Sindicatos > Listado.
  7. La información de los descuentos realizados con anterioridad se puede consultar en Cálculos > Ficha Financiera > Información Cálculo > Consultar. El recálculo de la información de la tabla de información de empleados en el cálculo (R046INF) se puede realizar en Cálculos > Hoja financiera > Información de cálculo > Generar.

Vacaciones: concesión, fraccionamiento, medio tiempo y otros

En el artículo 134 se deroga el apartado 2 y se añaden nuevos apartados.

Vea a continuación el resumen de lo que ha cambiado en la legislación y cómo se comporta el sistema. En todos los casos, la solución no impide la reserva de vacaciones, pero emitirá alertas cada vez que se produzca alguna de las situaciones.

Retiros y declaraciones: Cage, GRRF y Sefip

Terminaciones: acuerdo entre las partes y fecha de pago

La reforma laboral trajo una nueva modalidad de despido paramutuo acuerdo entre las partes (Artículo 484-A de la CLT), además de un nuevo cómputo para la fecha de pago.

Remuneración: premios y gratificaciones

Para premios y gratificaciones, no hubo cambios en la Gestión de Personas | HCM

Sin embargo, es necesario revisar las incidencias configuradas para los fondos, para que el proceso de cobro se realice dentro de los límites legales, en base a laartículo 457 de la CLT y en la nueva redacción dada por la Ley 13.467 y la MP 808/2017.

Las incidencias sobre los fondos registrados en el sistema se pueden consultar y modificar a través del registro de eventos, en Mesas > Mesas > Eventos > Registro (FR008EVC).

Comité de Representación de los Trabajadores

La comisión de representación está regulada por el art. 510-A de la reforma laboral y tiene como objetivo la representación de los trabajadores, promoviendo el entendimiento directo con el empleador sobre diversos temas. Las empresas con más de 200 empleados están obligadas a cumplir con este requisito.

Si la empresa cumple con estas condiciones, debe:

  1. Registrar el proceso electoral:
    • En Empresas > Comité de Representación > Mandatos (FR030MAN), en la pestaña Mandato, ingrese el término del mandato, que debe tener una duración de un año, y el número de miembros que deben componer la comisión.
    • En la pestaña Elección, incluya información sobre el proceso de solicitud y otra información. Informar también quiénes serán los colaboradores responsables de la comisión electoral.
  2. Incluir información de propiedad:
    • En la pestaña Permanencia, incluya información sobre la permanencia del comité representativo que se elegirá, como la fecha y el lugar.
  3. Registrar los candidatos y definir los elegidos:
    • En la pestaña de Candidatos, incluya los colaboradores que postularon y luego de la votación, defina quienes resultaron electos y pasarán a formar parte del comité.
  4. Incluir información de la reunión:
    • En Empresas > Comité de Representación > Reuniones (FR030REU), registrar información sobre las reuniones del comité de representación de los trabajadores y las actividades definidas a partir del mismo.
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